Maltrato animal en rituales ahora es delito en CDMX

En una decisión histórica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó las reformas al Código Penal capitalino que castigan con cárcel el maltrato animal en rituales y prácticas de santería. Este fallo busca garantizar el bienestar animal, estableciendo penas de hasta seis años de prisión en casos graves.

Todo comenzó cuando una practicante de santería impugnó los artículos 350 Bis y 350 Ter del Código Penal de la Ciudad de México. Ella argumentó que la inmolación de animales es parte de sus rituales religiosos y calificó las reformas como una violación a su libertad de culto.

El pasado 22 de enero de 2025, la SCJN resolvió por unanimidad que dichas reformas son constitucionales. Según el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, la libertad religiosa no es absoluta y está sujeta a los límites establecidos por la Constitución, entre ellos, el respeto a los derechos de los animales como «seres sintientes».

Las reformas establecen que cualquier acto de crueldad contra animales, ya sea por lesiones, daño o alteración en su salud, se castigará con penas de hasta tres años de cárcel. En caso de que el animal pierda la vida como resultado de estas prácticas, la pena se incrementará hasta seis años.

La santera aseguró que las reformas eran discriminatorias y que limitaban su práctica religiosa. No obstante, la SCJN determinó que los artículos no señalan a ninguna religión en particular y aplican de manera general a toda persona en la Ciudad de México que incurra en maltrato animal.

Este fallo refuerza el compromiso de la CDMX con la protección animal, reconociendo su vida e integridad como un deber jurídico para todas las personas. Aunque polémica, la decisión marca un precedente importante en la lucha por los derechos de los animales y el equilibrio entre libertades individuales y el bienestar colectivo.

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