Reforma contra vapeadores: ¿Qué implica y qué sigue?

En México, una reforma constitucional contra los vapeadores y cigarrillos electrónicos avanza en el Congreso. Tanto la Cámara de Diputados como el Senado han aprobado la iniciativa, pero aún faltan pasos cruciales para que entre en vigor. Aquí te contamos los puntos clave.

La reforma busca incluir un párrafo quinto al artículo 4º y un párrafo segundo al artículo 5º de la Constitución, estableciendo la prohibición de:

  • Producción, distribución, comercialización y venta de cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos similares.
  • Actividades relacionadas con sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas, como el uso ilícito del fentanilo.

Además, en la Cámara de Diputados se cambió la palabra “vedar” por “prohibir” para evitar confusiones.

Aunque ambas cámaras del Congreso ya la avalaron, la reforma requiere el respaldo de al menos 17 congresos locales y su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para entrar en vigor.

Una vez publicada, el Congreso de la Unión tendrá 180 días para definir multas y sanciones relacionadas con la comercialización y uso de vapeadores y fentanilo. Por ahora, no se han estipulado castigos ni presupuestos para campañas de concientización.

Actualmente, no hay sanciones específicas por consumir vapeadores en México. Sin embargo, la Ley General para el Control del Tabaco prohíbe el uso de productos de tabaco y nicotina en espacios 100% libres de humo, como transporte público, oficinas y escuelas.

Esta iniciativa fue presentada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador como parte de un paquete de reformas constitucionales enfocado en la protección a la salud. Además, responde al creciente debate sobre los riesgos del fentanilo y el uso de vapeadores en el país.

La reforma marca un paso importante en la regulación de dispositivos y sustancias nocivas, pero plantea desafíos pendientes, como garantizar su implementación efectiva y diseñar estrategias de educación y prevención.

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